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Las modificaciones en el nuevo Código Procesal Penal que endurecen las penas en espectáculos deportivos: “Pueden ser disuasivas para los barras”

Incidentes en la barra de River
Las modificaciones ponen el foco en la reventa de entradas y las apuestas deportivas de los protagonistas

La violencia en los estadios de fútbol y los barrabravas son un drama para el cual la Argentina aún no ha encontrado solución. Se han modificado leyes, se han aumentado los tipos penales, se ha aplicado el derecho de admisión, pero aún así todos los fines de semana en alguna cancha del país o sus alrededores se producen hechos violentos. Para intentar cambiar de raíz el estado de situación o al menos para dar un mensaje contundente de lo que se pretende de acá en más, el nuevo Código Procesal Penal de la Nación que redactó una comisión especial de juristas encabezados por el presidente de la Cámara Nacional de Casación Penal, el juez Mariano Borinsky, incluye un capítulo específico de delitos en el ámbito deportivo. Que toma lo establecido en la ley 23.184 del año 1985 y sus respectivas modificaciones (Ley 24.192 de 1993 y la 26.358 de 2008), pero agrega nuevos tipos penales y sube las sanciones, por lo que muchas de ellas conllevarán prisión efectiva en cuanto el Congreso apruebe el nuevo código. Entre los primeros están la reventa de entradas y las apuestas deportivas de los protagonistas, conducta que el mundo del fútbol quiere que no aparezca y si lo hace, desterrarla por completo.

Así, cualquier delito común pero que se realice en el marco de un espectáculo deportivo eleva su mínimo en dos tercios. Esto provoca que cualquier hecho reprochable que tenga una pena de dos años de mínimo, que es excarcelable, en el marco de un partido de fútbol se vuelve de prisión efectiva, ya que el mismo pasa a ser de tres años y cuatro meses (la excarcelación aplica hasta los tres años). “Esta modificación es clave”, le dice Mariano Borinsky a Infobae. “Porque en la Argentina los jueces están acostumbrados a dar el mínimo de la pena o algo muy similar, por lo que los delitos relacionados con el deporte muchas veces conllevan que sus autores no vayan a prisión. Con este cambio del mínimo, aún cuando les den la pena más baja, tendrán que pasar por la cárcel. Creemos que puede actuar como un disuasivo para los barrabravas. En España se hizo algo similar con otros tipos penales, como los accidentes de tránsito, y se bajó muchísimo la siniestralidad”, afirma.

Otro cambio clave es qué ocurre cuando por culpa del accionar de un espectador, un partido debe suspenderse. Como pasó por ejemplo en la Copa Argentina entre Tigre y Chacarita. Pues bien, la propuesta actual es que la pena sea de un mes a tres años de prisión y una pena similar, aunque aumentando el mínimo a seis meses, para quien impida el funcionamiento normal del transporte en el traslado a un estadio. Esto ya estaba en las leyes previas, pero se aplica poco. ¿Qué dice Borinsky? “Cuando la ley está incorporada al Código Penal cobra otra fuerza. Entiendo el escepticismo de los hinchas o la gente en general que ve que hay pocas sanciones a conductas repetitivas, pero el espíritu es que eso ya no ocurra”.

Otra cuestión que se ve comúnmente en el traslado de los barras en los micros, es la cantidad de armas blancas que se le secuestran en los operativos de contención. Habitualmente lo que se hace, tal como se registró en el último superclásico por la Copa de la Liga jugado el domingo pasado, es que se les sacan las facas y los cuchillos y se los retiene hasta que termina el partido y se los envía de regreso en este caso a Buenos Aires. Pues bien, la comisión de juristas que redactó el Código propone la pena de hasta seis años de prisión para esa conducta, aún cuando esas armas no sean utilizadas. Obvio que en caso de ejercer violencia con las mismas, las penas se agravan de acuerdo al tipo de lesiones que se produzcan. Y lo más novedoso es que si se encuentra un arma de este tipo dentro del estadio, también la pena corresponde, en este caso hasta tres años de prisión, para los dirigentes encargados de la organización del espectáculo deportivo. A las barras además se las tipifica directamente como asociaciones ilícitas, por lo que les corresponde las penas para ese tipo de bandas, que van de tres a diez años de prisión.

Mariano Borinsky, impulsor de las modificaciones. La presentación del capítulo deportivo del nuevo Código se realizó en el estadio de River (Crédito: Santiago Saferstein)
Mariano Borinsky, impulsor de las modificaciones. La presentación del capítulo deportivo del nuevo Código se realizó en el estadio de River (Crédito: Santiago Saferstein) (Santiago Saferstein/)

“La idea siempre es asegurar la efectividad de la aplicación de la condena y evitar cierta flexibilidad que tiene la ley actual para terminar con las excarcelaciones permanentes. El fútbol es un lugar adónde concurre la familia a disfrutar de un buen momento y eso es lo que hay que preservar, por eso tenemos el horizonte muy claro de qué hay que hacer con quienes impiden esa fiesta”, aseguró en la presentación del capítulo deportivo del nuevo Código que se realizó en el estadio de River, club que estuvo representado por su secretario general, Stefano Di Carlo.

Pero además de la violencia, el proyecto contempla un capítulo íntegramente dedicado a la corrupción en el deporte, que además de dar penas de uno a seis años de prisión a quienes den dádivas o incurran en soborno para alterar un resultado, incluye el tema de las apuestas deportivas. Y con penas muy duras para los protagonistas que se presten a esa acción: el mínimo será de tres años con lo cual aquellos jugadores que incurran en esa práctica infiel quedan al borde de la prisión efectiva. Y para los futbolistas que les dé positivo un control antidoping, si es por un estupefaciente el mínimo arranca con cárcel: cuatro años. En caso de ser un elemento para aumentar el rendimiento, la sanción va de un mes a tres años.

El otro tema clave y que genera indignación en el hincha común tiene que ver con la reventa de entradas. En Argentina hoy es una contravención, por lo que casi no existe sanción. Ahora se propone como delito penal con escalas que van de seis meses a dos años de prisión y se incluye no sólo al revendedor sino también al organizador del evento que participe de la misma. Y en este caso la inhabilitación para ejercer cargos directivos se amplía a 15 años, es decir queda fuera definitivamente de cualquier puesto en un club de fútbol.

En total son 18 artículos que tienen la firme misión de reducir la violencia en los estadios. El proyecto tiene estado parlamentario pero habrá que ver cuándo los diputados y senadores se reunirán para convertirlo en ley. Dado que el anterior Código es de 1921 (sí, tiene más de 100 años) daría la sensación que urge la modificación actual. “Se trabajó en comisión con especialistas durante el gobierno de Mauricio Macri, de Alberto Fernández y ahora también con el de Javier Milei”, cuenta Bornisky. Es de las pocas cosas en que el amplio arco ideológico argentino parece ponerse de acuerdo. Sólo falta que los legisladores se sienten y hagan su trabajo. Y que después los jueces apliquen la ley como corresponde. Los hinchas seguramente quedarán agradecidos.

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